Amnistía, ¿vía de escape o solución?

Introducir esta figura ha generado controversia por sus tintes políticos

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El pasado 15 de septiembre, el presidente López Obrador mandó al Congreso de la Unión la iniciativa de la Ley de Amnistía, la cual había anunciado durante su campaña política para ocupar dicho cargo. Según la propuesta, la amnistía servirá para extinguir la acción penal y las sanciones impuestas en favor de aquellos que en determinados supuestos no debieron ser perseguidos por la comisión de un delito. La actual versión de la propuesta contiene diversos “candados”, pues solamente aplica para el fuero federal, a delitos cometidos antes de la entrada en vigor de la ley, y a personas que no sean reincidentes y que no hayan usado armas de fuego en la comisión de los ilícitos; es igualmente aplicable a personas indígenas, si es que sufrieron ciertas violaciones procesales. A personas no indígenas solo sería procedente para determinados delitos (aborto, sedición, robo simple y sin violencia, y algunos contra la salud si se encuentran en extrema pobreza o vulnerabilidad. 

El proyecto de ley pretende corregir algunas injusticias, pero no es tan simple la introducción de una legislación de este tipo, ya que  puede emparejar múltiples dudas y cuestionamientos que son dignos de considerarse a fondo antes de su promulgación y aplicación, según nos comenta el maestro Jesús Edmundo Coronado Contreras, coordinador editorial de las secciones de Fiscal, Jurídico Corporativo y Comercio Exterior de IDC Asesor Fiscal, Jurídico y Laboral, coordinador de la comisión de Derecho Penal Internacional del Ilustre y Nacional Colegio de Abogados de México A.C. y miembro de la comisión de Derecho Penal de la Barra Mexicana Colegio de Abogados A.C. y del comité de Derecho Penal y Seguridad de la Asociación Nacional de Abogados de Empresa, Colegio de Abogados A.C., quien efectúa una serie de reflexiones al respecto. 

¿Qué es la aministía?

La amnistía es una figura que suele utilizarse en contextos muy específicos y como una vía de reconciliación posterior al acaecimiento de situaciones graves y extremas. 

Propiamente como institución jurídica es definida como el acto legislativo que ordena el “olvido oficial” de una varias categorías de delitos, terminando los procesos iniciados o que están por comenzar, así como aquellos concluidos. Escenarios como conflictos armados, en donde diversos bandos se enfrascan en una lucha encarnecida por el control, una vez concluidos se busca conciliar sus diferencias y armonizar la situación, extinguiendo la responsabilidad penal a quienes cometieron actos considerados como delictivos durante un determinado lapso de tiempo y/o en un territorio en específico, todo ello en pro de mantener la paz y garantizar la estabilidad. 

Para la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ACNUDH) la amnistía puede entenderse como la medida jurídica que tiene como efectos la posibilidad de impedir el enjuiciamiento penal, y en algunos casos, las acciones civiles contra ciertas personas o categorías de personas con respecto a una conducta criminal específica cometida antes de la aprobación de la amnistía; la anulación retrospectiva de la responsabilidad jurídica anteriormente determinada. 

Antecedentes

Dentro del plano internacional existen diversos ejemplos sobre ordenamientos de esta naturaleza, los cuales fueron posteriores justamente a acontecimientos significativos, principalmente el fin de conflictos armados o la caída de regímenes dictatoriales o considerados como totalitarios. La mayoría de ellos durante la segunda parte del siglo XX y durante este siglo incluso.

España

El caso de España tuvo lugar en 1977, cuando durante la transición política después del fin del gobierno de Francisco Franco se implementó con la finalidad de eximir de responsabilidad a los presos políticos y delitos que incluían actos políticos como sedición, ello para suprimir los posibles efectos jurídicos que podrían poner en peligro la consolidación del régimen entrante.  

Sin embargo, varias décadas después, debido a las denuncias interpuestas por delitos de lesa humanidad, desaparición forzada y genocidio cometidos durante la guerra civil y en la dictadura por parte de organismos internacionales se cuestionó si esta normativa era compatible con el derecho internacional, pues impide juzgar delitos que son considerados como imprescriptibles. Se solicitó su derogación, lo cual igualmente podría conllevar una violación al principio de irretroactividad al reactivarse la responsabilidad penal. En 2018 se propusieron modificaciones, pero no se obtuvo la mayoría.

Italia

En Italia, la amnistía la otorga el parlamento y no el presidente de la república, siendo la única ocasión que se concedió a inicios de la década de 1990’s por delitos cometidos en contra de la administración pública, principalmente aquellos ligados con el financiamiento de partidos políticos. 

En 1992 se introdujo la figura dentro del Código Penal, pero hasta el momento no se ha aplicado y pese a que beneficia a personas que ya han sido condenas puesto que dispensa la ejecución de la pena principal y las complementarias, no exime de la reparación del daño.

Canadá

Un caso reciente es el canadiense vinculado con la Ley sobre Cannabis, aprobada en octubre de 2008, la cual estableció un marco normativo estricto para controlar la producción, distribución, venta y posesión de cannabis en dicho país. 

Los fines de esa legislación eran impedir que los menores consumieran, que las ganancias de su comercialización no terminaran en posesión de delincuentes y proteger la salud y seguridad pública, porque permitía a los adultos tener acceso a la cannabis legal. 

En octubre de 2019 el gobierno del primer ministro Justin Trudeau anunció que habría una ley de amnistía aplicable a aquellas personas que transgredieron la normativa por la portación de cannabis en cantidades menores. Con ella se buscó suspender la aplicación de multas, además de tener una legislación que no considera la posesión cannabis como ilegal.

México

Como referente inmediato y obligado en este tema en nuestro país se tiene la Ley de Amnistía de 1994, la cual se introdujo en favor de todas las personas en contra de quienes se haya ejercitado o pudiere ejercitarse acción penal ante los tribunales del orden federal, por los delitos cometidos con motivo de los hechos de violencia, o que tengan relación con ellos, suscitados en varios municipios de Chiapas, entre el 1o. y 20 de enero de 1994. 

Dicho ordenamiento contempla que la responsabilidad civil subsiste pese a que se extinguen la acción penal y las sanciones impuestas. También incluía que la amnistía podía ser aplicable para aquellos que entregaran rehenes, armas, explosivos, instrumentos u otros objetos utilizados para la comisión de delitos. Igualmente, se incluyó una disposición referente a que los sujetos beneficiados no podrían ser interrogados, investigados, citados a comparecer, detenidos, aprehendidos, procesados o molestados por los hechos ocurridos en enero de 1994.

Qué perdonará

Desde su campaña electoral el presidente manifestó que propondría una ley para beneficiar a todos aquellos que están en prisión por cuestiones menores y que por no tener una defensa adecuada han estado en prisión. Sus críticos catalogaron tal propuesta como populista, puesto que parecía ser una forma de conseguir adeptos dentro de ciertos grupos vulnerables. Sin embargo, una vez en el poder, previo a la ceremonia oficial del 15 de septiembre de 2019, el titular del ejecutivo mandó su iniciativa al Congreso de la Unión para ser estudiada y en su caso aprobada. A la fecha de cierre de la presente edición la propuesta está en el Senado de la República para su estudio y revisión. 

Conforme al texto aprobado por la Cámara de Diputados, la legislación beneficiará a personas que fueron acusadas de delitos federales, tales como narcomenudeo, aborto y robo simple, únicamente en los casos en los que se encuentren o hayan estado durante el proceso en condiciones de vulnerabilidad. Se enuncia que la amnistía aplica en favor de las personas en contra de quienes se haya ejercitado la acción penal, hayan sido procesadas o se las haya dictado sentencia firme, ante los tribunales del orden federal, siempre que no sean reincidentes sobre el delito por el que están indiciadas o sentenciadas, y por los delitos cometidos antes de la fecha de entrada en vigor de la ley.

Quién decide

Se integrará una comisión encargada de coordinar los actos y analizar cada uno de los casos, la cual será conformada por el ejecutivo federal. 

Las solicitudes que reciba esta comisión podrán ser presentadas por personas que tengan relación de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado con el interesado. 

También podrán interponerlas organismos públicos defensores de derechos humanos, siempre y cuando cumplan con los procedimientos que determine la comisión.  Las solicitudes deberán ser resueltas en un plazo máximo de cuatro meses contados a partir de su presentación. Si no hay respuesta se entenderá en sentido negativo. Igualmente, se retoma de la ley de 1994 lo relativo a la responsabilidad civil la cual subsiste y puede ser exigida; también se incorpora que subsistentes los derechos de las víctimas, conforme a la legislación aplicable, situación que ha desatado debate, no solamente entre los legisladores sino en general en el ámbito jurídico, puesto que hay quien sostiene que la ley no considera a las víctimas de los delitos que se cometieron.

Para que la legislación surta efectos se requiere que un juez federal resuelva sobre su otorgamiento al estudiar la solicitud que referirá la comisión que integrará el ejecutivo federal.

Comentario Final

Este proyecto de legislación ha suscitado controversia porque una política criminal aplicada correctamente evita la necesidad de contar con una ley de amnistía. Al conocer los precedentes en otras latitudes e incluso la legislación de 1994, es posible percatarse que la amnistía atendía a necesidades diferentes a las del contexto actual en México.

Genera incertidumbre el cómo se aplicará, a quiénes beneficiará y cómo se evitará que esta legislación se use como instrumento político y se dejen a salvo los derechos de las víctimas, justamente solucionando las violaciones que se pudieron o se llevaron a cabo.