Presunción por compras no registradas
Conozca qué requisitos debe seguir la autoridad para que determinación sea legal
La regla 2.4.15. de la RMISC 2022 prevé la forma de cumplir con la obligación señalada para las personas morales en el artículo 27, apartados A, fracción II y B, fracción VI del CFF, consistente en presentar una solicitud ante el RFC para informar el nombre y la clave del RFC de los socios, accionistas o de las personas que tengan control, influencia significativa o poder de mando y de los representantes comunes de las acciones que han emitido aquellas, cada vez que realicen alguna modificación o incorporación.
Para satisfacer esta exigencia, las personas morales deben atender la ficha de trámite 295/CFF “Solicitud de modificación o incorporación de socios, accionistas, asociados y demás personas que forman parte de la estructura orgánica de una persona moral, así como de aquellas que tengan control, influencia significativa o poder de mando”, contenida en el Anexo 1-A, de la RMISC 2022.
No hay que olvidar que esta ficha sufrió modificaciones, a través de la publicación oficial de la Cuarta Modificación a la RMISC 2022 del 9 de junio de 2022. Entre los principales cambios están:
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